Saturday, October 30, 2010

DELITOS INFORMATICOS TIPIFICADOS EN EL CODIGO PENAL ECUATORIANO

LOS DELITOS INFORMATICOS TIPIFICADOS EN LA NORMATIVA PENAL SON LOS SIGUIENTES:

A) Art. 202 inciso 1.- Violación de claves o sistemas de seguridad, para acceder u obtener información protegida contenida en sistemas de información


Prisión
Pena específica
6 meses a 1 año; multa de 500 a 1000 dólares.


B) Art. 202.2 Cesión, publicación, utilización o transferencia de datos personales sin autorización

Prisión
Pena específica
2 meses a 2 años; multa de 1000 a 2000 dólares.



C) Art. 262 Destrucción o supresión de documentos o información por empleado público depositario de la misma.


Reclusión menor ordinaria
Pena específica
3 a 6 años.



D) Art. 353. 1 Falsificación electrónica


Varias
Pena específica
Depende del tipo de falsificación de acuerdo con los artículos 337 al 353



E) Art. 415.1 Destrucción, alteración o supresión de contenidos de sistema informático o red electrónica


Prisión
Pena específica
6 meses a 3 años; multa de 60 a 150 dólares



F) Art. 415.2 Destrucción de infraestructuras físicas necesarias para la transmisión, recepción o procesamiento de mensajes de datos


Prisión
Pena específica
8 meses a 4 años; multa de 200 a 600 dólares

G) Art. 553.2 Los que utilizaren fraudulentamente sistemas de información o redes electrónicas, para facilitar la apropiación de un bien ajeno, o los que procuren la transferencia no consentida de bienes, valores o derechos de una persona, en perjuicio de ésta o de un tercero, en beneficio suyo o de otra persona alterando, manipulando o modificando el funcionamiento de redes electrónicas, programas informáticos, sistemas informáticos, telemáticos o mensajes de datos


Prisión
Pena específica
6 meses a 5 años; multa de 500 a 1000 dólares; los autores podrán ser colocados bajo la vigilancia especial de la autoridad por 2 años a lo menos y 5 a lo más.

CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS NO CONSTITUTIVAS

1) NUMERAL 2 Descubrimiento o descifrado de claves secretas o encriptadas

2) NUMERAL 5 Violación de seguridades electrónicas, informáticas u otras semejantes

H)ART. 563

CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS NO CONSTITUTIVAS

INCISO 2 Quien cometiere este delito utilizando medios electrónicos o telemáticos

Prisión de 5 años; multa de 500 a 1000 dólares

I) ART. 606

CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS NO CONSTITUTIVAS

NUMERAL 20 Los que violaren el derecho a la intimidad, en los términos establecidos en la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos.













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